Bienvenido al blog "La Gente Importa"


Este blog es una herramienta adicional en el portal que contiene información y discusiones en temas que consideramos le serán interesantes y útiles en el campo de la ciencia de recursos humanos.

Queremos que el blog “La Gente Importa” sea utilizado al máximo por los usuarios de este portal. Nos interesa les sirva de foro, que fomente la discusión de temas importantes al campo y que sea herramienta para compartir prácticas efectivas entre los profesionales y los usuarios del portal.

Existen muchas formas de aprender y de actualizarse en conocimientos sobre el tema que nos ocupa: la gente y el talento que manejamos en nuestro negocio. Por eso la participación libre en estos “blogs” de discusión abierta fomenta el pensamiento analítico, competencia importante en el manejo contemporáneo de los recursos humanos. Tenemos seguridad de que lo que aquí aprenda mediante su participación, le ayudará a hacer mejor su trabajo.

La información que se genere en el blog, será generada por aquellos colaboradores que son expertos en el campo y parte de ZonadeRecursosHumanos.com. Esperamos que usted comparta libremente sus pensamientos, opiniones y comentarios con nosotros. También le exhortamos a compartir ideas, experiencias y lecciones aprendidas.

¡Su participación será de beneficio para todos!





¿Qué significa para los patronos el que el NLRB quiera y tenga una pagina para orientar empleados no unionados?


El 18 de junio de 2012, la National Labor Relations Board (NLRB)  lanzó una página en el internet  para educar a los empleados no unionados  sobre sus derechos bajo la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRB).  El sitio se llama Protected Concerted Activity  y en él se describen los derechos de los empleados para actuar juntos para ayuda y protección mutua. En esta pagina  se ofrecen detalles de cómo los empleados pueden tener acceso a los procesos de la NLRB para  encauzar  violaciones de  patronos  y específicamente señala que estos derechos son aplicables a los empleados, incluso si no forman parte de una unión. Esta página fue diseñada para ser una pieza de asistencia al requerimiento  de la NLRB de notificación  de  los Derechos del Empleado bajo la ley. Aunque inicialmente el requerimiento de notificación se fijo para ser efectivo  el 30 de abril 2012, la efectividad de este requisito  quedo sin efecto  pendiente  a un litigio sobre la autoridad de la Junta de promulgar la norma.

Esto es una acción que hace que los patronos pongan más atención a la capacitación de los gerentes y supervisores. Los patronos deben capacitar a sus gerentes y supervisores a reconocer toda aquella  actividad protegida por la NLRA y  así evitar posibles retos a decisiones de disciplina  muchas de las cuales pudieran lograr la atención  de la gestión ante la Junta.

Los patronos también deberán revisar sus manuales y políticas  de forma que se aseguren que  estas no infringen en el ejercicio del derecho que el NLRB les reconoce a los empleados  sobre  actividades  concertadas y protegidas.  Reglas  de conducta, como las que prohíben la denigración  o el hablar despectivamente de la empresa deben ser revisadas. Así también reglas vagas que puedan interpretarse como  desaliento al interés de empleados en comportamientos  que pudieran considerarse concertados o de tipo gremial deberán ser analizadas y revisadas.   

Los remedios para estas violaciones puede ir mucho más allá de la  reintegración simple de empleados despedidos a su trabajo y /o el pago de salarios atrasados. Las órdenes típicas de la Junta incluyen ahora la lectura a los empleados reunidos de un aviso de derechos de los trabajadores en el marco del NLRA. 

Nora L. henriquez, MBA, SPHR
Zona de Recursos Humanos.com